PROPONE ZERTUCHE INICIATIVA DE REFORMA A LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS

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– Formular una clasificación básica y general de los residuos. Fortalecer la investigación y desarrollo científico en materia del uso y deshuso de convertidores catalíticos, que según estudios no representan peligro a la salud
La regulación de los residuos peligrosos en nuestro país tiene sus orígenes con la creación de la “Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente” en el año, la cual definía a los residuos peligrosos en su artículo 3° fracción XXVII, como: “Todos aquellos residuos, en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, venenosas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas infecciosas o irritantes, representan un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente”; en su ley reglamentaria y en las siete Normas Técnicas Ecológicas en la materia de especificaba y delineaban los criterios y mecanismos, señala el Legislador Federal por Tamaulipas Armando Zertuche Zuani.

Según información de la INEGI, nuestro país registra 13, 696,315 vehículos producidos en el país desde el año 2000 hasta el 2018, los cuales cuentan con un Convertidor Catalítico de importación, y de estos materiales ninguno se recicla en nuestro país. El mismo número de vehículos registrados en el periodo referido, es la misma cantidad de convertidores que fueron colocados, cada convertidor con un peso en promedio de 1.5 kilos lo que representa un total de 20,544,472.5 toneladas que fueron llevados tanto al reciclaje en un mercado legal como informal.

En la iniciativa de ley que la crea, señala el enfoque de solución para el manejo de los residuos en donde enuncia varias de las acciones a realizar por lo que destaco como legislador : La necesidad de establecer los mecanismos de coordinación que, en materia de prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de residuos, corresponden a la Federación, las entidades federativas y los municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX-G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Formular una clasificación básica y general de los residuos que permita uniformar sus inventarios, así como orientar y fomentar la prevención de su generación, la valorización y el desarrollo de sistemas de gestión integral de los mismos; a Fortalecer la investigación y desarrollo científico, así como la innovación tecnológica, para reducir la generación de residuos y diseñar alternativas para su tratamiento, orientadas a procesos productivos más limpios.

Se requiere retomar los enfoques de la consideración de las propuestas legislativas en función de un desarrollo sostenible, abarcando el enfoque contenido en la agenda 2030 para el desarrollo sostenible y sustentable, integrando cada una de sus variables, a fin de no generar ambigüedades jurídicas e impresiones legales por falta de claridad, señalo el Diputado Zertuche.

Aunque la tecnología avanza rápidamente, aún no se ha creado un motor 100% eficiente libre de contaminantes, que haga una perfecta combustión en limpio. Aunque cada vez tenemos motores más avanzados, los contaminantes peligrosos siguen presentes en el escape y es ahí en donde el convertidor catalítico entra para mitigar esta problemática

En investigaciones de especialistas de diversas instituciones en conclusiones dentro de sus resultados resaltaron que sus componentes son inofensivos a la salud humana y esto se comprueba con los resultados obtenidos de análisis de diversas Instituciones Públicas y Privadas como son: Instituto de Materiales de la Universidad Nacional Autónoma de México, Facultad de Ciencias Químicas de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Laboratorio del Centro de Calidad Ambiental del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterey.

Las instituciones referidas con antelación, aplicaron los reactivos necesarios donde analizaron la corrosividad, la reactividad, la explosividad, la inflamabilidad, la toxicidad al ambiente y pesticidas y herbicidas en cumplimento a la Norma Oficial Mexicana 052 y 053 vigente en su momento en cuanto a su manejo, disposición transporte de residuos peligrosos y concluyeron que no son peligrosos para la vida humana.

Por lo que al acopiar, recolectar y trasportarlo para su reciclaje una vez que han terminado su ciclo de vida se podrán aprovechar las materias primas recuperadas e incorporarlas en los ciclos de producción en México, de conformidad con lo establecido por la Agenda 2030 de la cual nuestro país es miembro activo y comprometido con sus temas.

Por lo anterior, el Diputado Federal Armando Zertuche, sometió a consideración de la honorable asamblea la iniciativa de ley con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 19 y se deroga la fracción III del artículo 31 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en donde los . residuos tecnológicos provenientes de las industrias de la informática, fabricantes de productos electrónicos o de vehículos automotores, como los convertidores catalíticos y otros que, al transcurrir su vida útil, por sus características, requieren de un manejo específico concluyó en su exposición.